En el candelero

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Enrique Romero Vilaseco.-Ni plaza a su nombre, ni hija adoptiva de Sanlúcar Tercera parte (Segunda parte) (Primera parte)

En mi anterior artículo dedicado a la escritora Almudena Grandes debido a la dedicación de una plaza con su nombre y, también, con la petición de ser nombrada Hija Adoptiva de Sanlúcar, dejé claro que lo aprobado en el pleno de enero de 2022 era estudiar la posibilidad y viabilidad…” (SIC) de las distinciones que mencioné en la segunda parte de mi  artículo. Es decir, para nada, de ese pleno, surgió la aprobación de la plaza que tuvo su inauguración el pasado día 14 de abril. Ni mucho menos el otorgar el título de Hija Adoptiva de Sanlúcar a la susodicha escritora. Tal es así, que la otrora portavoz de IU, ahora alcaldesa de la ciudad,la señora Carmen Álvarez, se lamentaba en una nota de prensa publicada el 22 de octubre de 2022: “-La portavoz de IU Sanlúcar y diputada provincial, Carmen Álvarez, lamenta que no se incluya los nombramientos de Hija Adoptiva de la ciudad, a título póstumo, a Rosa Vallecillos y Almudena Grandes, tal y como se solicitó desde IU a través de propuestas a pleno” Me centraré en Almudena Grandes, habrá tiempo y otros “candeleros”, para tratar el asunto de Rosa Vallecillos. 

             Está claro que nunca se aprobó nombrar Hija Adoptiva de Sanlúcar a Almudena Grandes, pues ni siquiera se abrió  expediente ni se nombró Instructor a ningún concejal. Por ende, tampoco ha habido apertura de expediente para la rotulación de una plaza con el nombre de Almudena Grandes. Y digo esto porque si repasamos la prensa del 25 de enero de 2022, nos encontramos titulares como los siguientes: Diario de Cádiz: “El Pleno de Sanlúcar aprueba nombrar Hija Adoptiva a Almudena Grandes”; CANAL SUR MEDIA 27 enero 2022, La escritora Almudena Grandes será nombrada Hija Adoptiva de la emblemática localidad gaditana de Sanlúcar de Barrameda.

Así lo ha aprobado el pleno municipal, a propuesta del grupo municipal de IU, por la gran vinculación que tuvo con la ciudad, donde presentó sus libros y mantuvo una estrecha relación con el Club de Lectura MARDELEVA. También se ha aprobado dedicarle una calle o lugar emblemático de la ciudad. 

               Vamos a ver que dice el Reglamento de Honores y Distinciones de nuestro Ayuntamiento, sobre el reconocimiento de Hijo Predilecto o Adoptivo dela ciudad.

Artículo 8.Concesión del título de Hijo Predilecto o Adoptivo : “El Título de Hijo Predilecto sólo podrá ser concedido a las personas que sean naturales de esta Ciudad y que por sus destacadas cualidades personales o méritos señalados, y singularmente por sus servicios de beneficio, mejora y honor de Sanlúcar de Barrameda, hayan alcanzado tan alto prestigio y consideración general tan indiscutible en el concepto público, que la concesión de aquel título deba estimarse por el Ayuntamiento como el más adecuado y merecido reconocimiento de esos méritos y cualidades, y como preciado honor, aún más que para quien lo recibe, para la propia Corporación que la otorga y para el pueblo de Sanlúcar por ella representado. El nombramiento de Hijo Adoptivo podrá conferirse a favor de persona que, sin haber nacido en Sanlúcar de Barrameda y cualquiera que sea su naturaleza de origen, reúna los méritos y circunstancias enumerados anteriormente”

           La cita es un poco larga, pero he querido copiar textualmente lo que dice el Reglamento de Honores y Distinciones de nuestro Ayuntamiento. Leyendo lo que dice este artículo y comparando los “méritos” esgrimidos por IU en su propuesta para nombrar Hija Adoptiva a Almudena Grandes, tengo que hacer las siguiente reflexiones:

  • El bagaje de la escritora es ínfimo y demasiado escaso, cuando no prácticamente inexistente para con Sanlúcar para ostentar tan alta distinción.
  • Que todo responda a unos intereses partidistas y no a una trayectoria digna de ser premiada, siempre con referencia a Sanlúcar.
  • O que los honores y las distinciones han caído tan bajos, y estén ya tan devaluados,  que se regalan a voleo sin que nuestros políticos tengan a bien llevar a cabo un escrupuloso estudio de la trayectoria de los  homenajeados, donde se valoren su aportación en favor de la comunidad y la ciudad de Sanlúcar, por encima de simpatías políticas o amistosas.

    Seguidamente me detengo en el procedimiento, para ello transcribo literalmente el artículo 19 del citado Reglamento:

       Artículo 19.- Incoación de expediente.

1. “Para la concesión de los honores o distinciones que son objeto de este Reglamento, será indispensable la instrucción del oportuno expediente para la determinación de los méritos o circunstancias que aconsejan o justifican su otorgamiento”

        He repasado todas las actas de las sesiones plenarias desde la del 25 de enero de 2022 (en la cual IU presentó la propuesta objeto de este artículo) hasta la actualidad y en ninguna de ellas he visto que se haya incoado el respectivo Expediente y, mucho menos, que se haya nombrado a ningún Instructor.

       Artículo 27 del Reglamento de Honores y Distinciones- Adopción de acuerdos:

   “Para la adopción del acuerdo definitivo de concesión de los honores y distinciones a la vista del expediente incoado, se requerirán en cada caso el “quórum” siguiente:

-El voto favorable de las dos terceras partes del número de hecho y, en todo caso, de la mayoría absoluta del número legal de miembros de la Corporación, para las concesiones y nombramientos de Medallas de Oro y Medallas de Plata, Hijo Predilecto e Hijo Adoptivo.

-Mayoría absoluta del número legal de miembros de la Corporación, para el resto de distinciones y honores”.

    Nada de lo anterior se ha cumplido en el caso que nos ocupa, de ahí que no entiendo el molestamiento ni la petición que, en una nota de prensa publicada el 14 de octubre de 2022, la que fuera portavoz de IU, Carmen Álvarez, le dijo a Víctor Mora “que lamenta que no se incluya los nombramientos de Hija Adoptiva de la ciudad, a título póstumo, a Rosa Vallecillos y Almudena Grandes , tal y como se solicitó desde IU a través de propuestas a pleno”. 

    El caso de Rosa Vallecillos será tratado en un posterior artículo de esta sección, porque es casi idéntico al que estoy tratando, pero con algunas diferencias.

       En el monolito que se instaló en la denominada ahora Plaza de Almudena Grandes, aparece el Club de Lectura Mardeleva, junto al nombre de la actuar alcaldesa, pregunto:

  1. ¿El hecho de que dicho club haya propuesto dicha rotulación, le da derecho a que su nombre aparezca en la citada leyenda del monolito?
  2. ¿En qué ha consistido la colaboración del Club de Lectura  Mardeleva en esa plaza dedicada a la escritora?
  3. ¿Ha colaborado en  sufragar los gastos originados en la colocación de dicho monolito o en la organización del acto en sí?

    Recurro al Artículo 40.- Revocación de las distinciones. Previo procedimiento que se instruirá con las mismas características y garantías que para el otorgamiento del honor o distinción, la Corporación podrá revocar el acto de concesión a la persona o entidad galardonada si modifican tan profundamente su anterior conducta que sus actos posteriores, lo hacen indigno de figurar entre los galardonados.

        Reflexión final. Por lo dicho en las tres partes de este escrito, dedicado a Almudena Grandes con motivo de la propuesta que en el Pleno de enero de 2022 presentó IU, sugiero a la portavoz de VOX Sanlúcar, Carmen Infantes, que lleve al próximo Pleno a celebrar el próximo día 26 de mayo, una propuesta de revocación y se le quite el nombre  a la plaza situada en la barriada de San Diego,  dedicada a Almudena Grandes, pues, aunque no dudo de sus cualidades como escritora, sí censuro su comportamiento sectario,  el odio y resentimiento que siempre demostró en vida.  

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