En el Candelero

Articulos, Cultura, Enrique Romero Vilaseco, Opinión, Sin categoría

Enrique Romero Vilaseco.-En el presente artículo voy a tratar dos temas muy diferentes: la toma de posesión de Irene Rodríguez, como nueva concejala del PSOE y, por otro lado, la Dedicación Parcial de la portavoz de VOX, Carmen Infantes y las dedicaciones parciales al 80%, con la que cuenta el equipo de gobierno.

      Toma de Posesión:

  • La toma de posesión de Irene Rodríguez viene motivada por la entrega del acta de Matilde Cabello que, al parecer, vuelve a su anterior dedicación.
  • Dicha toma de posesión tuvo lugar el pasado día 30 de diciembre de 2024, en un Pleno Extraordinario Urgente, que tenía como orden del día:

1 Ratificación del carácter extraordinario y urgente de la convocatoria.

3 Propuesta de resolución de recursos interpuestos contra la aprobación de la Relación de Puestos de Trabajo (RPT).

       Como verán mis posibles lectores, el orden del día colgado en el apartado de anuncios de la web del Ayuntamiento, consta de sólo dos puntos, omitiéndose el punto número 2. Al comenzar la sesión del Pleno, el Secretario hace referencia al error cometido, y manifiesta que se cursó correos electrónicos (supongo que a todos los concejales) notificándose dicho error y que el punto número 1 del orden del día, era la toma de posesión de la nueva concejala del PSOE, Irene Rodríguez Guerrero.

            Ante este hecho me saltan algunas dudas, y lo digo desde el simple papel de ciudadano de a pie, no soy abogado ni como jurista. Pero suelo ser muy suspicaz ante cualquier cuestión que venga de los políticos. La experiencia de años cercanos a este mundo de la política municipal, me ha enseñado muchas “tretas” que suelen utilizarse por los equipos de gobierno de los ayuntamientos. El equipo de gobierno ha tenido mucha prisa para que la nueva concejala del PSOE tomase posesión de su acta lo más rápidamente posible. En otras ocasiones, cuando el que tenía que tomar posesión de su acta era algún concejal de la oposición, el asunto se ha retrasado y estirado lo más posible, sobre todo, si la nueva incorporación afectaba a la estabilidad del propio equipo de gobierno.

               En fin, volvamos al caso que nos ocupa. Como digo el pasado día 30 de diciembre, a las 9: 30 horas, tuvo lugar un Pleno Extraordinario y Urgente, y ocurrió un hecho algo peculiar, según mi parecer; puedo estar equivocado, pero creo que el desarrollo de dicho Pleno no se ajusta a lo recogido en la Ley 7/1985, Reguladora de las Bases del Régimen Local (LBRL), que dice:

      El artículo 46.2 b) de la LBRL establece un especial régimen jurídico para las sesiones plenarias extraordinarias con carácter urgente, la convocatoria con este carácter deberá ser ratificada por el Pleno. El artículo 79.1 del ROF la define de la siguiente forma:

“Son sesiones extraordinarias urgentes las convocadas por el Alcalde o Presidente cuando la urgencia del asunto a tratar no permite convocar la sesión extraordinaria con la antelación mínima de dos días hábiles exigida por la Ley 7/1985, de 2 de abril. En este caso debe incluirse como primer punto del orden del día el pronunciamiento del pleno sobre la urgencia. Si ésta no resulta apreciada por el Pleno, se levantará acto seguido la sesión”.

            Luego el primer punto del orden del día debe ser la ratificación del carácter extraordinario y urgente de la convocatoria. Como muy bien venía recogido en la convocatoria colgada en la web del Ayuntamiento. Y el punto 2, en todo caso, debería ser la toma de posesión de la concejala Irene Rodríguez Guerrero. Y, por fin, el punto número 3, sería la propuesta de resolución de recursos interpuestos contra la aprobación de la Relación de Puestos de Trabajo (RPT), tal y como viene reflejado en el documento de la convocatoria de dicho pleno.

              He estado repasando muchos Plenos Extraordinarios Urgentes y en todos ellos, como primer punto del orden del día, viene la ratificación del carácter de extraordinario y urgente.

           Con todo lo dicho, no digo que tal y como se hizo en el Pleno citado, se estuviera cometiendo una infracción, aunque si nos ajustamos a la ley citada, todo parece indicar que el desarrollo de la sesión plenaria no se ajustó a la ley establecida. La pregunta es: ¿puede quedar invalidada la toma de posesión de la concejala del PSOE, al tomar ésta posesión de su cargo antes de que la convocatoria fuera ratificada por el Pleno? Esa es mi duda, que espero que alguien especializado en materia jurídica pueda aclararme.

           Tras la toma de posesión, la Alcaldesa tenía prisa y quería votar la ratificación de la convocatoria sin debatir. El señor Marmolejo, una vez más, salió al quite y solicitó una explicación por la susodicha convocatoria plenaria con tanta urgencia. Lo que no me gustó es que, después de intervenir de manera muy razonada, argumentando que no hacía falta tan rapidez en el punto a tratar, a la hora de votar su grupo, no fuera una negativa rotunda y se escuda en lo fácil, es decir, en la abstención. 

          VOX, como viene siendo habitual, ni intervino en el asunto de la ratificación; de sus dos concejales, uno faltó al pleno, y su portavoz, Carmen Infantes, también optó por la abstención. Lo facilito para no mojarse.

          Al margen de todo lo anterior y antes de terminar el presente escrito, quiero hacerme eco del despropósito que impera en nuestra corporación sanluqueña. La prueba evidente se pudo vivir esa misma mañana del pasado 30 de diciembre, cuando todos los sanluqueños presenciamos  la convocatorias de dos Plenos Extraordinarios Urgentes: uno a las 9:30 horas y, una hora más tarde, otro con un sólo tema a tratar. 

              Por cierto, el de las 10:30 horas, solicitado por los grupos municipales de PP y PSOE, evidenciando así el divorcio que existe entre los dos partidos que forman el equipo de gobierno. Un matrimonio que sigue “junto” solamente por intereses económicos, pero que se llevan a muerte. Causando, con sus riñas, un mal servicio a la ciudadanía. Lo peor de todo, es que esas disputas y zancadillas, que unos y otros se ponen, no les pasarán factura. Es lo que hay.

                                 

Continuará con la segunda parte que tendrá como tema las dedicaciones parciales de nuestro Ayuntamiento.

P.D. El título de este artículo va más bien indicado para la segunda parte.

Comparte nuestro contenido