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Ilegalidades en el procedimiento de vados

Varios

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 ….o la Sr. Tte –Alcaldesa actual, vuelvo a repetir, le está robando a los sanluqueños/@ el ejercicio de 2004, porque se lo tiene cobrado a una serie inmensa de cientos o miles de ciudadanos/@s y a los que no, están recibiendo las cartas de embargos que ya a muchos le han retirado el dinero de sus cuentas.

El Partido Andalucista en el día de hoy realiza esta rueda de prensa para denunciar el comportamiento antidemocrático de la Sra. Alcaldesa demostrado en el último Pleno Municipal al despreciar casi a la mitad de los sanluqueños@as al tener ocultado durante más de cuatro meses desde el 30 de Octubre de 2008 hasta el 3 de Marzo de 2009 un informe solicitado por los grupos políticos del PP. PA. y AS, para que el Sr. Secretario General del Ayuntamiento se pronunciase sobre la legalidad de los Decretos de Alcaldía en referencia a las prescripciones de los vados de los años (1. 2002) (2. 2003) (3. 2002-2003-2004).

Y a pregunta del Partido Andalucista, le contesta la Sra. Alcaldesa que el informe que le ha emitido el Secretario General se encuentra en la 2ª planta y que no lo ha bajado a la 1ª, como diciendo lo bajaré cuando a mi me de la gana, incumpliendo con la Ley de Régimen Local, debiendo de contestar a los 10 días.Centrándonos en la ilegalidades cometidas por este equipo del gobierno en el cobro ilegal de los vados hay que decir que con fecha 28 de Julio de 2005 el Pleno Municipal aprobó una Encomienda de Gestión al Servicio Provincial de Recaudación y Gestión Tributaria a Diputación de Cádiz, empezando el 25 de Septiembre e iniciándose con un procedimiento de comprobación limitada y su propuesta de liquidación de fecha 25 de Enero de 2006, en el que se dice que el inicio es desde el 01/01/2002.

Es decir una Empresa que empieza a ejercer su actividad en el Ayuntamiento de Sanlúcar en Septiembre de 2005, le quiere cobrar con carácter retroactivo a los sanluqueños/@ 5 años de vados 2002, 2003, 2004, 2005 y 2006, Sra. Alcaldesa este procedimiento es irregular e ilegal, lo que conlleva que el 30 de Junio de 2006 se practique liquidación de los años anteriormente descrito.

Y el 4 de Enero de 2008, se practique nueva liquidación por el mismo concepto tributario a la misma persona de los ejercicios de 2005 a 2007, teniendo dos cartas de pago demostrándose la existencia de las prescripciones de los años 2002-2003-2004, por lo que tendrá Vd. que explicar estas irregularidades.Esto nos lleva a la conclusión de que la Sra. Alcaldesa no quiere reconocer las prescripciones que durante este periodo de tiempo se han realizado.

La 1ª prescripción de fecha 2 de Octubre de 2006, dice que la inclusión del ejercicio 2002 se encuentra prescrita y que se propone la devolución de ingresos indebidos para los contribuyentes que ya hubieran ingresado la liquidación notificada y, notificar de nuevo la liquidación al resto de los contribuyentes.

La 2ª prescripción de fecha 13 de Marzo de 2007, dice que el retraso de las actuaciones, que en todo caso hemos de imputar al propio Ayuntamiento en el nivel organizativo que le correspondiere, y dada la realidad indiscutible en la caducidad de los procedimientos llevados a cabo durante el 2006 y la prescripción en consecuencia del ejercicio 2003 nos remite al hecho de eliminar el ejercicio descrito, y cuantitativamente hablando, el importe del ejercicio 2003, ya prescrito es de 75.128,73 €.

Con fecha 18 de Diciembre de 2007, por Resolución 2827, el Tte. de Alcalde – Delegado Municipal de Hacienda del PSOE, en CONSIDERANDO, dice en cualquiera de los casos, las incidencias acaecidas en la ejecución y desarrollo del primer de los convenios de colaboración que han provocado la prescripción de los expedientes de inspección instruidos por el meritado servicio de Recaudación y Gestión Tributaria de la Diputación Provincial de Cádiz correspondientes al Ejercicio de 2002, 2003 y 2004, sobre los siguientes conceptos tributarios:

– Tasa por entrada de vehículos a través de las aceras y las reservas de la vía pública para aparcamientos Vados. Otras de las ilegalidades de la Sra. Alcaldesa Dª. Irene García es que habiéndose cobrado indebidamente los años 2002 a 2006, haya realizado únicamente las devoluciones de los ejercicios de 2002 y 2003, obviando la prescripción del ejercicio de 2004.

La Sra. Tte de Alcaldesa Delegada de Economía y Hacienda hace su Resolución copiando literalmente a la del anterior Delegado de Hacienda, excluyendo del CONSIDERANDO

3º, el ejercicio de 2004. Otra ilegalidad más o la Sra. Delegada de Hacienda en estos momentos esta mintiendo y está ocultando el ejercicio de 2004, para quedarse con el dinero de los sanluqueños/@s, o es ilegal el anterior Decreto de Alcaldía en el que dice que el 2004 está prescrito.

¿Cuál de los dos es el correcto? Pues uno de los es ilegal por lo que la Sra. Alcaldesa tendrá que explicarle a los sanluqueños/@s, el porqué se le quiere ocultar el ejercicio de 2004 y no abonarlo por lo que dice el Decreto de Alcaldía le corresponde.Si la Carta de Pago del 2002 al 2006 se ha cobrado y hay otra carta de pago del 2005 al 2007, esa dos cartas de pago está diciendo que el 2004 está prescrito por lo que anula el 2002, 2003 y 2004, el porqué la Sra. Delegada de Hacienda incluye en la “devolución”  nada más que los ejercicios del 2002 y 2003, tan falta de dinero está El Ayuntamiento de Sanlúcar de Bda., para no querer devolverle lo que legalmente y justamente le corresponde a los sanluqueños/@, que hay 6000 cartas de pago en Sanlúcar y todas ilegales porque no se cumple con todo el procedimiento reglamentario que corresponde a los tributos locales.

Otro caso igual aquí hay un Sr. que con fecha 17 de Mayo de 2006 se le remite el procedimiento de comprobación limitada con su propuesta de liquidación el 2003, 2004, 2005 y 2006 y otra con fecha 30 de Mayo de 2007, con la propuesta de liquidación del 2004, 2005, 2006 y 2007, le anula el 2003, y el 2004 se le sigue poniendo al cobro, este procedimiento se inicia el 01/01/2002, la 1ª del 2003 a 2006, se entiende que la prescripción del 2003 no le corresponde y le hacen otra propuesta de liquidación del 2004 al 2007, sin embargo hay este decreto de fecha 18 de Diciembre de 2007, en lo cual se dice que el 2004 está prescrito, por tanto es una irregularidad del anterior Delegado de Hacienda y a 200 y picos de Sanluqueños/@ le ha dejado de cobrar el 2004, o actualmente se le está robando a los Sanluqueños por querer cobrarle el 2004, esto tendrá que explicarlo la Sra. Alcaldesa al pueblo de Sanlúcar.

Este Sr. tiene que tiene esta dos propuestas tiene su carta de pago del 2004 al 2007, se le hace su Recurso de Reposición explicando con datos, pelos y señas las irregularidades existentes, y notificándole el Decreto de Alcaldía donde se dice que el 2004 está prescrito, no contestándole hasta la fecha de hoy al Recurso de Reposición y sin embargo se le pasa  a la Providencia de Apremio para su embargo; a dicha providencia de embargo se le vuelve hacer el recurso de reposición, y aquí se le está diciendo la prescripción del 2004, que por tanto que ni procede la notificación de apremio ni la carta de pago que se le anule todo el procedimiento, y que se inicie un nuevo procedimiento, entonces se verá si procede o no procede, pero que es lo que sucede que hoy a este Sr. le han embargado ya y le han retirado del banco el dinero que por Ley el Partido Andalucista cree que no le corresponde habérselo retirado, y vuelvo a repetir o esto es ilegal e irregular y habrá que pedirle responsabilidades políticas al PSOE, que pone entre dicho anterior Delegado de Hacienda que creo que es de lo más honrado que ha tenido el PSOE en toda su vida, o la Sr. Tte –Alcaldesa actual, vuelvo a repetir le está robando a los sanluqueños/@ el ejercicio de 2004, porque se lo tiene cobrado a una serie inmensa de cientos o miles de ciudadanos/@s y a los que no, están recibiendo las cartas de embargos que ya a muchos le han retirado el dinero de sus cuentas.

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