Expedientes sancionadores

Varios

El ayuntamiento inicia una veintena de expedientes sancionadores por incumplimiento de la ordenanza municipal de residuos y limpieza pública

Pegar carteles en lugares no habilitados para ello y satisfacer necesidades fisiológicas en la vía pública, principales infracciones.
La Delegación Municipal de Medio Ambiente ha iniciado una veintena de expedientes sancionadores a otras tantas personas por incumplimiento de la Ordenanza Municipal de Residuos y Limpieza Pública, en la que se establecen las normas de convivencia ciudadana para lograr el limpieza de los espacios públicos y las acciones de prevención encaminadas a evitar el ensuciamiento de los mismos, así como la producción innecesaria de residuos.

Las propuestas de expedientes han sido presentadas tanto por agentes de la Policía Local como por el agente del Servicio de Vigilancia Ambiental, y se han centrado fundamentalmente en la pegada de cartles en lugares no habilitados para ello y por realizar necesidades fisiológicas en plena calle.

Por esta última causa, prohibición recogida en el artículo 61 de la ordenanza municipal, han sido propuestas para sanción ocho personas, mientras que otras dos han sido propuestas para multa por no recoger los excrementos de sus animales de compañía. Pegar carteles de anuncios publicitarios en mobiliario urbano, o en lugares no previstos para ello, acción que está expresamente prohibida en el artículo 25.2 de las ordenanzas, ha sido incumplida por seis personas, que también han sido propuestas para sanción. También serán sancionadas otras tres por tirar residuos de la construcción o demolición.

Cabe recordar, entre las normas establecidas en el articulado de las ordenanzas, que se fija un horario en el que los ciudadanos pueden depositar los residuos sólidos urbanos -no antes de las 22.00 horas en verano y de las 20.00 horas en invierno ni después de las 00.00 horas- y se señalan pautas para fomentar la recogida selectiva. 

Las infracciones se clasifican en muy graves, graves y leves, con multas que oscilan entre los 100 y los 1.000 euros, entre 1.001 euros y 3.000 euros y entre 3.001 euros hasta 30.000 euros respectivamente.

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