Contra la modificación de la Ley de Costas

Varios
Motivos contra la modificación de la Ley de Costas propuesta por el gobierno del PP
La Ley de Costas aprobada en 1988 ha sido la única herramienta legal cuyo objetivo ha sido tratar de poner freno al tsunami urbanístico que ha asolado nuestro territorio, en especial en el litoral. Aunque su efectividad ha sido limitada ante la avalancha de proyectos urbanísticos que se multiplicaron en los años de la burbuja inmobiliaria, la única justificación para modificar la Ley de Costas sería precisamente aumentar el nivel de protección, pero no para disminuirlo.
El litoral es un espacio de especial valor ecológico, en él se asientan ecosistemas únicos como nuestras playas y calas, pinares costeros, sistemas dunares, acantilados rocosos, marismas, albuferas y rías. Además, en el litoral se asienta la actividad turística, un elemento clave para la economía española, con un peso en el PIB siempre superior al 10%.


La calidad y la garantía en el medio plazo de esa actividad está directamente relacionada con la buena conservación del espacio litoral, que además es clave en el sostenimiento de otras actividades económicas como la pesca.
La Ley de Costas de 1988 establecía unos parámetros claros de ocupación del dominio  público (DPMT), deslindes, etc. de manera que hubiera seguridad jurídica para los beneficiarios de ese uso. La inseguridad de la que habla el ministerio viene derivada del reparto de competencias y de la mala aplicación de la Ley, no de su contenido. Sin embargo, con la reforma de la Ley de Costas, que pasaría a llamarse Ley de Protección y Uso Sostenible del Litoral, propuesta por el actual gobierno, se favorecen los intereses privados en detrimento del bien público mediante la modificación del dominio público marítimo-terrestre (DPMT), la reducción de la servidumbre de protección y la ampliación del plazo de las concesiones.
Los motivos de EQUO para oponernos a la modificación de la Ley de Costas propuesta por el Gobierno:
1) El alargar las concesiones en DPMT a 75 años, supone de facto una privatización del espacio público. Se trata de un de los elementos clave de la actual modificación, y con ella se abre la mano para garantizar que el final del período de concesión sea sucedido por un nuevo período mucho más largo. De facto significa que las concesiones que ahora debían terminar su plazo, y por tanto volver a ser dominio público, se consolidarán en manos privadas.
2) No tiene en consideración, ni menciona el cambio climático, ni una de sus consecuencias: la subida del nivel del mar. Esta omisión, además de ser inaceptable desde el punto de vista de gestión de nuestro litoral, puede tener consecuencias legales negativas para el Estado en el futuro, cuando la subida del nivel del mar obligue al desalojo de lugares en los que en este momento hay viviendas construidas.
3) Excluye, de forma aleatoria del DPMT diez núcleos urbanos y buena parte del litoral de Formentera sin argumentar ni dar motivos científicos por los cuales son elegidos estos tramos de costa.
4) Desprotege las rías al reducir en esos ecositemas de 100 a 20 metros la franja de servidumbre. Esta medida tendrá especial impacto en el litoral cantábrico y atlántico, debido al gran número de rías.
 
5) Pretende recuperar el ladrillo como motor de la economía al permitir declarar suelo urbano en el frente litoral los dos años posteriores a la aplicación de la reforma, y con ello reducir la franja de servidumbre de protección también a 20 metros en estos tramos.
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