Cambio de régimen

Varios
Cambio del Régimen Espacial Agrario (REASS) al Régimen General de la Seguridad Social
El primero de enero del 2012 entro en vigor el nuevo sistema de seguridad social para los trabajadores/as agrícolas 
1. Los trabajadores/as que ya están en el REASS, es decir, dados de alta en el régimen especial agrario al 31 de diciembre del 2011, ¿qué tienen que hacer para pasar al Sistema Especial Agrario dentro del Régimen General de la Seguridad Social?
Todos/as los trabajadores/as del actual REASS se integraran automáticamente en el Régimen General la Seguridad Social a partir del día 1 de enero de 2012.
 
Y para mantenerse en este régimen especial deben de cumplir los siguientes requisitos:
a) declarar al menos una jornada en la agricultura cada 6 meses, los que estén percibiendo el subsidio agrario, renta agraria o desempleo no tienen porque presentar esa jornada. A efectos de declarar esa jornada, se computarán las desempeñadas en el PER, así como los días en el que eltrabajador se encuentre en situación de Maternidad, Incapacidad Temporal, riesgo durante el embarazo y lactancia, siempre que esta baja vengan derivadas como consecuencia de estar trabajando en la agricultura o en el PER
b) estar al corriente en el pago a la seguridad social y nunca deber más de 2 meses
 
2. Y si no ha estado de alta al 31 de diciembre del 2011 en el REASS, régimen especial agrario de la seguridad social y quiere darse de alta en este régimen especial a partir del 2012 ¿qué condiciones tiene que cumplir para poder acceder a este sistema especial?
a) para darse de alta hay tener un mínimo de 30 jornadas en la agricultura b) para mantenerse en este régimen especial cada año hay que declarar 30 jornadas, los que estén percibiendo el subsidio agrario, renta agraria, o desempleo no tienen porque presentar esas jornadas.
A efectos de declarar las 30 jornadas, se computarán las desempeñadas en el PER, así como los días
en el que el trabajador se encuentre en situación de Maternidad, Incapacidad Temporal, riesgo durante el embarazo y lactancia, siempre que esta baja vengan derivadas como consecuencia de estar trabajando en la agricultura o en el PER
c) estar al corriente en el pago a la seguridad social y nunca deber más de 2 meses
 
3. Al estar incluido en el Sistema Especial Agrario dentro del Régimen General de la Seguridad Social, ¿cómo cotizamos a partir de ahora a la seguridad social?
a) Cuando se trabaja se cotiza el 4,70 % del salario que este ganando en ese momento y que el empresario lo descontara de la nómina y lo ingresara en la seguridad social
b) Cuando no se trabaja y no se está percibiendo ninguna prestación, (subsidio agrario, renta agraria, desempleo, baja por enfermedad, por embarazo, etc.) es el trabajador/ra es el que tiene que pagar la seguridad social, a razón del 11,50% de una base de cotización (en el 2011 ha sido de 748,20 euros que son los actuales 86.04 euros que se pagan actualmente) que cada año será fijada por el gobierno en los presupuestos generales del estado
c) La Seguridad Social considera que esta cubierta la cuota mensual cuando el trabajador/da haya realizado 23 jornadas. en la agricultura
 
4. El trabajador/ra no tendrá que abonar directamente el cupón mensual de la seguridad social en los siguientes casos:
Cuando se trabaje, o este percibiendo, el subsidio agrario, la renta agraria, desempleo, baja por enfermedad, por embarazo, por lactancia etc. Serán estas entidades las que abonen a la seguridad
social, la cuota del trabajador/ra, claro está descontándosela de la cantidad que el trabajador/da
tenga recibir
 
5. A los trabajadores/as con derecho a los Sistemas de Protección Desempleo Agrario y renta agraria en Andalucía, ¿les afecta la inclusión en este nuevo sistema?
 
NO, en Andalucía se mantienen los Sistemas de Protección al Desempleo, el Subsidio Agrario y la
Renta Agraria. Para todos los trabajadores/as que se integran en el Régimen General, en las mismas
condiciones que estaba antes,
 
1. SUSIDIO AGRARIO
– LOS JOVENES CON MENOS DE 25 AÑOS SIN REPONSAVILIDAD FAMILIAR CON 35 JORNADAS PUEDEN PERCIBIR 4 MESES DE SUBSIDIO, PARA OBTENER LOS 6 MESES NESESITAN 53 JORNADAS
– LOS COMPRENDIDOS ENTRE 26 Y 51 AÑOS CON 35 JORNADAS PUEDEN RECIBIR 6 MESES DE SUBSIDIO
– LOS MAYORES DE 52 AÑOS QUE REÚNAN LOS REQUISITOS (15 AÑOS COTIZADOS A LA SEGURIDAD SOCIAL DE LOS CUALES 5 DEL RÉGIMEN ESPECIAL AGRARIO Y 5 AÑOS CONSECUTIVOS COBRANDO EL SUSIDIO AGRARIO) TIENEN DERECHO A PERCIBIR EL SUBSIDIO AGRARIO, 12 MESES, SIN NECESIDAD DE PRESENTAR NINGUNA JORNADA
– LOS QUE TENGAN 52 AÑOS Y NO REÚNAN ESTOS REQUISITOS, TIENEN QUE PRESENTAR 35 JORNADAS Y PERCIBIRAN 10 MESES DE SUBSIDIO
-LOS QUE TENGAN 60 AÑOS Y NO CUMPLAN LOS REQUISITOS TIENEN QUE PRESENTAR LAS 35 JORNADAS Y PERCIBIRAN 12 MESES DE SUBSIDIO
CUANTÍA DEL SUBSIDIO AÑO 2012, 426 EUROS, MÁS LOS 86,04 EUROS DE LA SEGURIDAD SOCIAL CUANDO NO SE TRABAJA O LA PARTE PROPORCIONAL DE LOS DIAS NO TRABAJADOS
 
2. RENTA AGRARIA
Los menores de 25 años sin responsabilidad familiar, con 35 jornadas 12 meses cotizados a la
seguridad social percibirán 4 meses de subsidios, para obtener los 6 meses necesitan 53 jornadas
– LOS COMPRENDIDOS ENTRE 26 Y 51 AÑO CON 35 JORNADA PUEDEN RECIBIR 6
MESES DE SUBSIDIO.
– Los mayores de 52 años con 35 jornadas y 10 años cotizados en el régimen agrario percibirán 10
meses de subsidio.
 
Las jornadas declaradas en la renta agraria, pueden aumentar la cuantía del subsidio: AÑO
2012
-desde 35 a 64 jornadas se cobraría el 80% del iprem 426,01.- €
-desde 65 a 94 jornadas se cobraría el 85% del iprem 452,63.- €
-desde 95 a 154 jornadas se cobraría el 91% del iprem 484,58.- €
-desde 155 a 179 jornadas se cobraría el 101% del iprem 537,83.- €
-desde 180 jornadas se cobraría el 107% del iprem 569,78.- €
A ESTAS CANTIDADES HAY QUE SUMARLE LOS 86,04 EUROS DE LA SEGURIDAD
SOCIAL CUANDO NO SE TRABAJA O LA PARTE PROPORCIONAL DE LOS DIAS NO
TRABAJADOS
 
DESDE EL 2007 QUE EMPEZO LA CRISIS, EL CAMPO SE HA CONVERTIDO EN EL REFUGIO DE TODOS LOS PARADOS/AS DEL MEDIO RURAL, CON LO QUE CADA VEZ ES MAS DIFICIL TRABAJAR 35 DIAS AL AÑO, ESTO ESTA POSIBILITANDO QUE MUCHA GENTE, ENTRE ELLOS JOVENES Y MUJERES, NO PUEDAN SOLICITAR EL SUBSIDIO AGRARIO O LA RENTA AGRARIA. ES POR LO QUE EXIGIMO

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