Integración en el Régimen general
Coag Andalucía valora la nueva ley, pero no entiende el retraso del reglamento de desarrollo Esta organización agraria siempre ha entendido esta reivindicación legítima, pero ha defendido que ese objetivo no debía suponer un incremento de costes de unas explotaciones que en los últimos cinco años han perdido un 27% de rentabilidad.El reglamento de desarrollo debe abordar cuestiones pendientes de gran importancia, como el régimen de altas y bajas, teniendo en cuenta las peculiaridades del sector.
La Coordinadora de Organizaciones deAgricultoresy Ganaderos, COAG Andalucía considera una buena noticia la integración de los trabajadores agrarios en el Régimen General de la Seguridad Social, que ha entrado en vigor el pasado 1 de enero, si bien no comprende el retraso en la publicación del reglamento de desarrollo, que debe abordar algunas cuestiones fundamentales para el sector agrario.
Esta organización agraria siempre ha entendido que la integración era una reivindicación legítima, pero también ha querido dejar claro que este objetivo no podía suponer un incremento de costes que comprometiera la viabilidad de las explotaciones, abocándolas a una situación aún más delicada de la que ya viven, con un descenso del 27% de la rentabilidad en los últimos cinco años. Además, la renta del sector agrario es de un 55% respecto a la media del resto de sectores productivos. Por si esto fuera poco, el sector agrario sufre un fuerte nivel de endeudamiento, que supera incluso el valor de la producción.
Atendiendo a este planteamiento, el pasado 23 de septiembre se publicaba en el BOE la Ley 28/2011, de 22 de septiembre, por la que se procedía a la integración de los trabajadores agrarios en el Régimen General a través de un sistema especial que equipara sus prestaciones a las del resto de trabajadores por cuenta ajena, pero estableciendo un amplio periodo transitorio de adaptación y una serie de beneficios en materia de cotización a fin de lograr una contención de los costes de los agricultores.
En ese sentido, hay que destacar que el tipo de cotización por contingencias comunes a cargo del empresario se equiparará al del Régimen General a lo largo de un período transitorio de veinte años, durante el cual, partiendo del 15,95% en 2012, se alcanzará el 23,60% en 2031. No obstante, COAG ha peleado hasta conseguir que la Ley establezca una serie de reducciones que suponen que el tipo efectivo de cotización parta del 9,80% en 2012 y se sitúe en el 15,50% en el 2031. Cada tres años se podrán actualizar las reducciones en la cotización mediante las futuras Leyes de Presupuestos Generales del Estado, en función de la evolución del índice de precios al consumo experimentado en tales períodos de tiempo. El tipo de cotización a cargo del trabajador se establece en el 4,7% adicional al del empresario.
Además, es imprescindible que la nueva ley, en su desarrollo normativo, reconozca las peculiaridades del sector agrario, especialmente en algunas cuestiones pendientes. Por ejemplo, la ley establece que se integran en el Sistema Especial para trabajadores por cuenta ajena agrarios todos aquellos que realicen labores agrarias, sean propiamente agrícolas, forestales o pecuarias o sean complementarias o auxiliares de las mismas en explotaciones agrarias, así como los empresarios a los que presten sus servicios. En este sentido, COAG considera que es fundamental que la ley cubra también la actividad del primer manipulado de la producción, que desarrollan los propios agricultores a través de sus cooperativas. Esta organización agraria considera que aunque estas tareas se desarrollen en régimen de asociación cooperativa deben considerarse actividad agraria y, por tanto, estar incluidas en el nuevo sistema.
Un aspecto especialmente positivo de la ley es el hecho de mantener dos opciones de cotización, bien con una base mensual o bien por jornadas diarias, a elección del empleador. De este modo, se reconocen y respetan las particularidades de un sector marcado por la temporalidad e imprevisibilidad de las labores así como el carácter perecedero de los productos. En esa misma línea, COAG Andalucía espera que el régimen de altas y bajas, pendiente de desarrollo, también tenga en cuenta dichas peculiaridades, manteniendo la flexibilidad para no incrementar en exceso la carga burocrática y que al final los beneficios por el cambio de sistema no se vean superados por unos mayores costes de gestión.
El nuevo sistema afectará a820.000 trabajadores agrarios en el estado español.
