El ayuntamiento pide seriedad y responsabilidad a la Junta respeto al incendio de la planta de residuos
El Gobierno local quiere mostrar su sorpresa por las manifestaciones del delegado territorial de Sostenibilidad, Medio Ambiente y Economía Azul, Óscar Curtido, quien asegura que la Junta, como “administración competente en las autorizaciones medioambientales” ha tomado las medidas pertinentes en el incendio de la planta de residuos de Sanlúcar, echando de esta manera balones fuera y queriendo dejar en manos del Ayuntamiento cualquier responsabilidad.
Como es habitual, los responsables de la Junta de Andalucía vuelven a hacer gala de su falta de información y de desconocimiento de sus competencias, mostrando un infantilismo impropio del cargo.
La Junta conoce la situación de la empresa y del estado de los terrenos de la planta de Hierros Blasco desde hace dos meses, aunque esta administración no haya ofrecido hasta ahora respuesta alguna. Una delegación territorial que no dispone de inspector medioambiental en la localidad muestra así el interés por el cuidado de la Costa Noroeste.
Por otro lado, y tal como se le comunicó a la propia administración por escrito, desde el primer momento se está en contacto con el Consorcio de Bomberos y colaborando con él en todo lo que es posible, facilitándole incluso maquinaria pesada para los trabajos de extinción. Parece de perogrullo que la Junta culpe al ayuntamiento de ‘no avisar a los bomberos’, cuando junto a la Policía Local mantiene una continua colaboración desde el inicio.
El delegado territorial debería asegurarse de asumir sus competencias antes de eludir responsabilidades.
Por ello, en el escrito remitido a la Junta el pasado 31 de enero se le conminaba “a esa Consejería de Medio Ambiente, competente en la materia, la adopción de medidas de corrección, seguridad o control que impidan la continuación en la producción del riesgo o del daño, de conformidad con lo establecido en el artículo 162 y concordantes de la Ley 7/2007, de 9 de julio de Gestión Integrada de la Calidad Ambiental. Incluidas, por sustitución, aquellas medidas que correspondiendo al operador autorizado según el artículo 123 de la mencionadas Ley 7/2007, no las pudiera llevar a efecto por su situación particular de quiebra o no quiebra, abandono o no abandono de las instalaciones autorizadas por esa Consejería”.
Por último, y a diferencia de la deslealtad institucional de la que viene haciendo gala la Junta de Andalucía con Sanlúcar, en el citado escrito se señala que “este Ayuntamiento tiene siempre presente el deber de colaboración entre las Administraciones Públicas, que consagra el artículo 141 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público para lo que seguimos en permanente contacto”.