Justificación de la huelga general
CCOO de Sanlúcar rechaza la pérdida del valor y la eficacia de la negociación colectiva en la reforma laboral Comisiones Obreras explica otra de las muchas razones por las que está justificada la Huelga General del 29 de septiembre.-La Unión Local de CCOO de Sanlúcar continúa con su campaña de difusión tanto a través de los medios de comunicación como en los centros de trabajo y en la calle para explicar los muchísimos motivos que justifican la Huelga General convocada para el 29 de septiembre.La reforma laboral aprobada implica la pérdida de la eficacia de la negociación colectiva sectorial. Se abren las vías para desarticular la negociación colectiva y que se negocie todo a nivel de empresa. Se permite de forma generalizada que por acuerdo de empresa se modifique el contenido de los convenios de ámbito superior. Se elimina cualquier necesidad de causa para llevar a cabo esta modificación y se amplían las materias sobre las que el acuerdo de empresa puede disponer frente a lo establecido en el convenio sectorial.
La reforma laboral facilita a las empresas el descuelgue o inaplicación de las condiciones salariales recogidas en los convenios colectivos sectoriales, posibilitando al acuerdo de empresa modificar el salario (pudiendo ser inferior) así como fijar nuevas retribuciones.
Se reconoce expresamente que los pactos y acuerdos de empresa pueden ser modificados unilateralmente por el empresario. Afecta a todos los pactos y acuerdos, aunque se hayan negociado con la mayoría sindical. Afecta a todas las materias (jornada, horario, turnos, sistema de remuneración, rendimiento, funciones, etc.) y se puede llevar a cabo por simples razones de mejora empresarial. Se otorga, por tanto, mayor poder al empresario en detrimento de la flexibilidad negociada y la participación sindical. Todo esto da lugar a la pérdida de derechos y a un empeoramiento de las condiciones de trabajo.
La reforma laboral legaliza la intermediación laboral como negocio privado y se da acceso a las agencias privadas de colocación con ánimo de lucro a la gestión de la intermediación. También se les otorga competencias que afectarán a las prestaciones por desempleo. Además, se levanta el veto a las Empresas de Trabajo Temporal (ETT) para que puedan trabajar en la Administración Pública, con lo cual estas ETT podrán sustituir las actuales bolsas de empleo, pudiendo contratar sin someterse a las garantías constitucionales de igualdad, mérito y publicidad. Por si todo esto fuera poco, se amplía su ámbito de actuación a sectores de riesgo como construcción y sanidad, donde hasta ahora lo tenían prohibido.
