Tercermundista
Porque si un ciudadano viaja en su vehículo particular sin llevar abrochado el cinturón de seguridad será detenido por la Guardia Civil de Tráfico, sancionado con la pérdida de 3 puntos del carné y una multa de 200 €. Una infracción grave (art. 65.4 h de la Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial). Sin embargo, en un servicio público donde la seguridad de los usuarios debería primar sobre cualquier otro aspecto -y las autoridades competentes velar por su estricto cumplimiento–, esta infracción se repite mil veces cada día y queda impune. Lo mismo ocurre con los equipajes. Si, maleta en mano, pide usted al conductor que abra el maletero del vehículo, le mirará con cara de asombro, como si fuera un extraterrestre. Luego, muy digno, casi filosófico, como quien recita una jaculatoria, le responderá sentencioso: <<caballero, este autobús no tiene maletero>> Y se fumará un puro. Ande, vaya usted en su vehículo particular y lleve un perrillo de un kilo, suelto, en sus brazos, ya verá lo que le pasa: el radar “Pegasus” de la DGT le escrutará implacable desde las alturas y todo el peso de la Ley caerá sobre usted. Y sobre su perro. Así que, harto, tirando de maleta y con el billete en la boca, se sube usted al “artobús” -grande como un trasatlántico, al parecer construido ex profeso “sin maletero” y sin cinturones de seguridad para el Consorcio de Transportes-, se abraza a su maleta y la arropa durante el viaje mientras, entre tumbo y tumbo, se acuerda del conductor, de su respetable madre, de la empresa, del Consorcio de Transportes de la Bahía de Cádiz y de toda su provincia.




